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Abogado de Oficio

Abogado de Oficio

Abogado de Oficio

El abogado de oficio es aquel abogado asignado por la Administración Pública a personas que carezcan de recursos económicos suficientes para la defensa de sus legítimos intereses, sin que ello suponga inicialmente coste alguno a dichas personas. Se trata concretamente de la conocida como asistencia jurídica gratuita.

Las referencias constitucionales al respecto las encontarmos en el artículo 14 (principio de igualdad), en el artículo 24 (tutela judicial efectiva), así como en el propio artículo 119, que reconoce la justicia gratuita a quienes no dispongan de recursos para litigar. De ahí la figura del abogado de oficio.

No obstante, existen otras muchas circunstancias especiales por las que puede asignarse un abogado de oficio y que veremos posteriormente

Cómo solicitar abogado de oficio

El abogado de oficio se asigna, tras ser solicitado por aquellas personas interesadas, aportando los documentos que acrediten su falta de recursos económicos u otra circunstancia que ampare el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Para ello, como norma general, deberemos dirigirnos al Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados más próximo a nuestra localidad para iniciar la solicitud. A continuación te dejamos la información por localización.

Dónde solicitar abogado de oficio

Busca aquí como pedir tu abogado de oficio más cercano:

Cada colegio de abogados dispone de un SOJ (Servicio de Orinetación Jurídico). P.ej: SOJ Sabadell -dependiente del Colegio de Abogados de Sabadell, SOJ de Madrid – dependiente del Colegio de Abogados de Madrid-, o el SOJ de Valencia – dependiente lógicamente del Colegio de Abogados de Valencia– etc. Si quieres puedes consultar aquí todos los Colegios de Abogados de España.

En los diferentes SOJ, informan detalladamente de los requisitos para poder acceder a un abogado de oficio. No obstante dejamos a continuación los términos generales.

Requisitos para abogado de oficio

Se podrá reconocer el derecho al abogado de oficio / derecho de asistencia jurídica gratuita, a aquellas personas que no superen los siguientes límites, computando todos los ingresos brutos por unidad familiar, en relación con el IPREM, que para 2023 se ha fijado en 600€ mensuales.

Con carácter general

  • Dos veces el importe del IPREM (Indicador público de renta de efectos múltiples) del momento de efectuar la solicitud, cuando se trate de personas no integradas en ninguna unidad familiar = 2 X IPREM
  • Dos veces y media del IPREM (Indicador público de renta de efectos múltiples) del momento de efectuar la solicitud, cuando se trate de personas integradas en una unidad familiar con menos de cuatro miembros = 2,5 X IPREM
  • El triple del IPREM cuando se trate de unidades familiares integradas por cuatro o más miembros, o que tengan reconocida su condición de familia numerosa = 3 X IPREM

Asimismo, cabe reseñar que se tendrá en cuanta otras circunstancias patrimoniales, como propiedades de inmuebles y cargas de los mismos, participaciones en empresas, etc.

El vigente IPREM para los años 2017, 2018, 2019 y 2020 = 537,84€/mes x 12 = 6.465,08 €/año; y 7.519,59€/año (14 pagas).

El IPREM para 2023 se ha fijado en 600€/mes

IPREM anual (año 2021) = 6.778,80€ y 7.908,60€/año (incluidas pagas)

Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021

Con carácter excepcional

  • Se le pueden recocer ciertos derechos, y por lo tanto exonerarles del pago de tasas judiciales y otros costes de iniciación del proceso u otras análogas, a quienes no superen el quíntuplo del IPREM (5 X IPREM) , teniendo en consideración igualmente el patrimonio existente; cuando el solicitante tenga la consideración de ascendiente de familia numerosa de categoría especiallas de cinco o más hijos y las de cuatro hijos de los cuales al menos tres procedan de parto, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo múltiples»)
  • Además, y en las mismas condiciones señaladas anteriormente, podrá reconocerse el derecho a la asistencia jurídica gratuita atendiendo a las circunstancias de salud del solicitante y/o personas con discapacidad, siempre y cuando los procedimientos tengas relación con dichas circunstancias.

Si desea más información lea nuestro siguiente post sobre «Límites económicos para acceder a un abogado de oficio 2021.

IPREM publicado en el BOE como referencia a los límites económicos para acceder a un abogado de oficio 2021

Prestación inmediata de asistencia jurídica gratuita – abogado de oficio

Existen otras circunstancias por las que se reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita, y por lo tanto, al abogado de oficio con carácter inmediato y con independencia de la existencia de recursos para litigar a:

  • Las víctimas de violencia de género, de terrorismo y de trata de seres humanos, en los procesos judiciales en los que estén involucrados o tengan condición de víctimas.
  • Asimismo se reconoce este derecho a menores o personas con discapacidad psíquica cuando sean víctimas de maltrato o situaciones de abuso.
  • Y por último, a quienes a causa de un accidente acrediten secuelas permanentes que e impidan la realización de sus tareas laborales y requieran la asistencia de terceras personas para realizar las tareas esenciales de la vida, cuando la reclamación tenga como pretensión la indemnización de daños personales y morales.

Qué comprende o qué es exactamente el derecho a la asistencia jurídica gratuita


La enumeración de los derechos aparece a continuación. En la solicitud deberemos indicar qué solicitamos

  • Comprende el asesoramiento gratuito previo al inicio de un proceso judicial.
  • La asistencia de abogado de oficio a los detenidos.
  • Defensa y representación de abogado de oficio y procurador en el proceso judicial con carácter gratuito.
  • Publicaciones gratuitas preceptivas en el curso de un proceso judicial.
  • Asistencia pericial gratuita en los términos establecidos.
  • Obtención gratuita de copias, testimonios, actas notariales.
  • Reducciones en los derechos arancelarios en actuaciones notariales o registrales.

Qué documentación me solicitarán para conseguir un abogado de oficio

Con carácter general se puede enumerar una relación genérica, dado que dependerá de la solicitud concreta que se realice, y de las concretas situaciones que se pretendan acreditar:

  • Para acreditar la identidad del solicItante: Fotocopia del DNI, NIE, pasaporte o tarjeta de residencia del solicitante. Libro de familia (familia numerosa especial)
  • Para acreditar domicilio: Certificado de empadronamiento del Ayuntamiento.
  • Para acreditar situación económica / ingresos de la unidad familiar: Liquidación de declaración de la Renta (IRPF) o certificación de no haber presentado la misma.
  • Respecto a los inmuebles de los solicitantes: Certificado Catastral bienes inmuebles, y Nota Simple del registro de la Propiedad correspondiente si se alegan cargas sobre el inmueble como pueden ser hipotecas.
  • Situaciones laborales: Certificados de altas y bajas de la Seguridad Social / vida laboral, último certificado de la empresa para acreditar los ingresos en el año anterior. Certificado de desempleo / paro y percepción de subsidios.

Cuántos abogados de oficio hay en España.

En España y según datos del Consejo General de Abogacía hay un total de 46.000 abogados de oficio, repartidor en 83 colegios de abogados, que dan servicio a los ciudadanos 365 días al año 24 horas al día, que trabajan en el orden jurisdiccional civil, mercantil, contencioso administrativo, social y penal, dependiendo de su especialización.

Dichos abogados de oficio serán asignados a los solicitantes de acuerdo con los asuntos a tratar: abogado de oficio laboral, abogado de oficio para divorcio, abogado de oficio penalista, etc. dependiendo de las áreas de especialización a la que se adscrito dichos abogados.

Abogado de Oficio para Divorcio

Ley de Asistencia Jurídica Gratuita

Si deseas descargar el texto de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, haz click en el enlace, y te descargarás el texto del BOE.